Modalidad Bingo

Conozca toda la información relativa al Impuesto sobre las Tasas de Juego, en su variante de Modalidad Bingo.

Naturaleza y Objeto

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Se trata de un impuesto que grava la actividad del juego del bingo en el precio de los cartones.

Hecho imponible

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Constituye el hecho imponible de este impuesto la autorización o celebración del juego de bingo.

Obligados

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Tendrá la condición de contribuyente a los efectos del impuesto las personas físicas y jurídicas, y las entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria que solicitan la autorización para la celebración del juego del bingo.

Base imponible

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Constituye la base imponible de este impuesto las cantidades que los jugadores dediquen a su participación en el juego descontada la cantidad destinada a premios que, en todo caso, no será inferior al 60% de lo jugado.

Cuota tributaria

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El tipo tributario general será del 50% de la base imponible en el bingo tradicional, del 20% en el bingo electrónico y del 25% en el resto de modalidades que se puedan autorizar.

Devengo

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El impuesto se devenga con la concesión de la autorización o celebración del juego del bingo.

Liquidación y pago

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El tributo será objeto de autoliquidación por el sujeto pasivo previo a la concesión de la autorización o celebración del juego del bingo.

Órgano gestor

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Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias.