Guía básica de tramitación de donaciones

¿Me afecta el impuesto sobre donaciones?

  • He realizado o voy a realizar una donación (dinero, vivienda, vehículo u otros bienes o derechos) a otra persona, sin recibir una contraprestación a cambio.

  • El donante (quien entrega el bien) o el bien donado tiene vinculación con el Principado de Asturias conforme a la normativa del impuesto.

  • Soy el donatario (la persona que recibe el bien) y, por tanto, quien debe declarar y, en su caso, pagar el impuesto.

¿Cuánto tiempo dispongo para declararlo?

  • El plazo general para presentar el impuesto sobre donaciones es de 30 días hábiles desde que se realiza la donación (fecha del documento público o privado).

  • Comprueba bien la fecha que figura en la escritura notarial o en el documento de donación.

  • No dejes la presentación para el final del plazo para poder resolver dudas o corregir errores con tiempo.

¿Qué documentación necesito?

  • Documento de la donación: escritura pública o contrato privado, según corresponda. No será necesario aportar la escritura pública otorgada en Asturias.

  • DNI/NIE del donante y del donatario.

  • Documentos de los bienes donados:

    1. Dinero: justificantes bancarios de la entrega (transferencias, ingresos, etc.).

    2. Inmuebles: escrituras y, en su caso, último recibo de IBI.

    3. Vehículos u otros bienes: documentación que acredite la titularidad y su valor.

  • Consulta con más detalle la documentación necesaria en las instrucciones del modelo 661+651.

¿Qué modelos tengo que rellenar?

  • En el Modelo 661 se declaran los datos del donante y del donatario (sujeto pasivo) y la relación de todos los bienes que forman parte de la donación.
  • En el Modelo 651 se establece la cuantificación económica del impuesto por cada sujeto pasivo, siendo el modelo de autoliquidación.
  • Puedes confeccionarlos directamente en la sede electrónica o a través del programa de ayuda ASPA.

¿Cómo calculo y pago el impuesto?

  • El cálculo del importe a pagar se obtiene al completar el modelo 651 de autoliquidación.
  • Revisa valores y, en su caso, reducciones y beneficios según tu situación.
  • Si el resultado es a ingresar, paga de forma telemática o a través de las entidades financieras colaboradoras y guarda el justificante de pago.

¿Dónde presento el impuesto?

  • De forma presencial: entrega los modelos 661 y 651, más la documentación, en las oficinas del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias.
  • Telemáticamente: a través de esta sede electrónica tras la confección de los modelos 661+651. La documentación se puede aportar de forma telemática con posterioridad a la presentación de dichos modelos.
  • Toda declaración o autoliquidación tributaria relativa al Impuesto sobre Donaciones que NO sea presentada a través de la Sede Electrónica del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, o presencialmente en cualquiera de sus oficinas SE TENDRÁ POR NO PRESENTADA A TODOS LOS EFECTOS. Para más información, consulta el siguiente documento.
  • Para la vía telemática necesitas identificación electrónica (certificado digital, DNIe, etc.) o actuar mediante colaborador social.

¿Qué hago después de presentar?

  • Guarda las copias de los modelos 661 y 651, el justificante de pago y el justificante de comparecencia.
  • Revisa tu domicilio postal o buzón electrónico por si recibes avisos o requerimientos.
  • Si la Administración pide más información, responde dentro del plazo y adjunta lo solicitado.