Guía básica de tramitación de donaciones
¿Me afecta el impuesto sobre donaciones?
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He realizado o voy a realizar una donación (dinero, vivienda, vehículo u otros bienes o derechos) a otra persona, sin recibir una contraprestación a cambio.
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El donante (quien entrega el bien) o el bien donado tiene vinculación con el Principado de Asturias conforme a la normativa del impuesto.
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Soy el donatario (la persona que recibe el bien) y, por tanto, quien debe declarar y, en su caso, pagar el impuesto.
¿Cuánto tiempo dispongo para declararlo?
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El plazo general para presentar el impuesto sobre donaciones es de 30 días hábiles desde que se realiza la donación (fecha del documento público o privado).
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Comprueba bien la fecha que figura en la escritura notarial o en el documento de donación.
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No dejes la presentación para el final del plazo para poder resolver dudas o corregir errores con tiempo.
¿Qué documentación necesito?
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Documento de la donación: escritura pública o contrato privado, según corresponda. No será necesario aportar la escritura pública otorgada en Asturias.
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DNI/NIE del donante y del donatario.
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Documentos de los bienes donados:
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Dinero: justificantes bancarios de la entrega (transferencias, ingresos, etc.).
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Inmuebles: escrituras y, en su caso, último recibo de IBI.
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Vehículos u otros bienes: documentación que acredite la titularidad y su valor.
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- Consulta con más detalle la documentación necesaria en las instrucciones del modelo 661+651.
¿Qué modelos tengo que rellenar?
- En el Modelo 661 se declaran los datos del donante y del donatario (sujeto pasivo) y la relación de todos los bienes que forman parte de la donación.
- En el Modelo 651 se establece la cuantificación económica del impuesto por cada sujeto pasivo, siendo el modelo de autoliquidación.
- Puedes confeccionarlos directamente en la sede electrónica o a través del programa de ayuda ASPA.
¿Cómo calculo y pago el impuesto?
- El cálculo del importe a pagar se obtiene al completar el modelo 651 de autoliquidación.
- Revisa valores y, en su caso, reducciones y beneficios según tu situación.
- Si el resultado es a ingresar, paga de forma telemática o a través de las entidades financieras colaboradoras y guarda el justificante de pago.
¿Dónde presento el impuesto?
- De forma presencial: entrega los modelos 661 y 651, más la documentación, en las oficinas del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias.
- Telemáticamente: a través de esta sede electrónica tras la confección de los modelos 661+651. La documentación se puede aportar de forma telemática con posterioridad a la presentación de dichos modelos.
- Toda declaración o autoliquidación tributaria relativa al Impuesto sobre Donaciones que NO sea presentada a través de la Sede Electrónica del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, o presencialmente en cualquiera de sus oficinas SE TENDRÁ POR NO PRESENTADA A TODOS LOS EFECTOS. Para más información, consulta el siguiente documento.
- Para la vía telemática necesitas identificación electrónica (certificado digital, DNIe, etc.) o actuar mediante colaborador social.
¿Qué hago después de presentar?
- Guarda las copias de los modelos 661 y 651, el justificante de pago y el justificante de comparecencia.
- Revisa tu domicilio postal o buzón electrónico por si recibes avisos o requerimientos.
- Si la Administración pide más información, responde dentro del plazo y adjunta lo solicitado.