Guía básica de tramitación de sucesiones

¿Me afecta el impuesto sobre sucesiones?

  • He recibido o voy a recibir bienes por herencia (vivienda, dinero, cuentas, vehículos…).
  • La persona fallecida tenía su residencia en el Principado de Asturias.
  • Soy heredero, legatario o beneficiario de algún bien o derecho de la herencia.

¿Cuánto tiempo dispongo para declararlo?

  • El plazo general para presentar el impuesto es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento de tu familiar. Comprueba la fecha de fallecimiento en el certificado de defunción.
  • Si lo necesitas, estudia la posibilidad de pedir prórroga dentro de esos 5 meses.

¿Qué documentación necesito?

  • Certificado de defunción y testamento o declaración de herederos. En caso de escritura de aceptación de herencia otorgada en Asturias, no será necesaria su aportación.
  • DNI/NIE del fallecido y de sus herederos o legatarios.
  • Documentos de los bienes (escrituras, certificados bancarios, documentación de vehículos, otros justificantes de valor)
  • Consulta con más detalle la documentación necesaria en las instrucciones del modelo 660+650.

¿Qué modelos tengo que rellenar?

  • En el Modelo 660 se declaran los datos del fallecido (causante), los herederos y legatarios (sujetos pasivos) y la relación de todos los bienes que forman parte de la herencia.
  • En el Modelo 650 se establece la cuantificación económica del impuesto por cada sujeto pasivo, siendo el modelo de autoliquidación.
  • Puedes confeccionarlos directamente en la sede electrónica o a través del programa de ayuda ASPA.

¿Cómo calculo y pago el impuesto?

  • El cálculo del importe a pagar se obtiene al completar el modelo 650 de autoliquidación.
  • Revisa valores y, en su caso, reducciones y beneficios según tu situación (se introducen, salvo excepciones, al cumplimentar el modelo 660).
  • Si el resultado es a ingresar, paga de forma telemática o a través de las entidades financieras colaboradoras y guarda el justificante de pago.

¿Dónde presento el impuesto?

  • De forma presencial: entrega los modelos 660 y 650, más la documentación, en las oficinas del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias.
  • Telemáticamente: a través de esta sede electrónica tras la confección de los modelos 600+650. La documentación se puede aportar de forma telemática con posterioridad a la presentación de dichos modelos.
  • Toda declaración o autoliquidación tributaria relativa al Impuesto sobre Sucesiones que NO sea presentada a través de la Sede Electrónica del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, o presencialmente en cualquiera de sus oficinas SE TENDRÁ POR NO PRESENTADA A TODOS LOS EFECTOS. Para más información, consulta el siguiente documento.
  • Para la vía telemática necesitas identificación electrónica (certificado digital, DNIe) o actuar mediante colaborador social.

¿Qué hago después de presentar?

  • Guarda las copias de los modelos 660 y 650, el justificante de pago y el justificante de comparecencia.
  • Revisa tu domicilio postal o buzón electrónico por si recibes avisos o requerimientos.
  • Si la Administración pide más información, responde dentro del plazo y adjunta lo solicitado.