Valoración de Bienes

En este apartado puede obtener la valoración económica a efectos fiscales de los distintos tipos de vehículos, bienes inmuebles urbanos y rústicos.

Respecto a los bienes inmuebles, se advierte que, desde el 1 de enero de 2022, los valores de referencia establecidos por la Dirección General del Catastro se tomarán como base imponible, a no ser que el sujeto pasivo declare uno superior, en cuyo caso éste será la base imponible. En caso de inexistencia de valor de referencia, los valores obtenidos constituyen una referencia de valor que no condiciona una posible comprobación de valor posterior.